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Contabilidad de las personas naturales en Colombia

Categoria Otros Contabilidad

fecha publicacion Publicado el 2021/08/31


Contabilidad de las personas naturales en Colombia

Una persona natural debe llevar contabilidad por obligación legal para el caso de aquellas que son comerciantes. Para las personas que no son comerciantes no les asiste la obligación de llevar contabilidad, pero pueden llevarla si así lo desean.

En cualquier caso, la contabilidad de las personas naturales debe incorporar todos los bienes, derechos y obligaciones de la persona, lo mismo que sus ingresos y gastos.

En el caso de una persona natural que tiene actividades mixtas, es decir que desarrolla alguna actividad comercial y otras que no, debe incluir todas las actividades en la contabilidad, puesto que no es dable el fraccionamiento de las actividades económicas de una persona.

La contabilidad de una persona natural se lleva de la misma forma que cualquier otra contabilidad. Lo único que cambia es la cuenta correspondiente al capital social, puesto que para las personas naturales se utiliza la cuenta 3130.

Se debe tener en cuenta que para el caso de las personas naturales no existe la obligación de crear reservas y demás obligaciones propias de las sociedades comerciales.

El tratamiento contable de los activos, pasivos, ingresos y gastos es igual que en una empresa comercial teniendo en cuenta claro está el tipo de actividad desarrollada.

Las personas naturales comerciantes deben registrar sus libros de contabilidad en la cámara de comercio de su ciudad.

Las personas naturales que no sean comerciantes no deberán registrar sus libros, razón por la cual la contabilidad no les servirá como elemento de prueba a estas personas.

Respecto de las personas naturales que no están obligados a llevar contabilidad, éstas por no tener registrado libro alguno en la cámara de comercio, no podrán solicitar que un contador firme sus estados financieros, toda vez que el contador solo puede firmar con base a información extraída de libros oficiales, es decir que estén registrados en la cámara de comercio.

En consecuencia, no es correcto que un banco o cualquier otra entidad le exijan a una persona natural no comerciante la presentación de estados financieros firmados por contador público.

Independientemente de si se está o no obligado a llevar contabilidad, es importante llevarla como una medida de control y apoyo en la toma de decisiones, en cuanto  la contabilidad ofrece información real sobre la realidad financiera del la persona.

Fuente: Gerencie


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