Encuentra información sobre Contabilidad, Factura electrónica y mucho más

También puedes buscar una respuesta en nuestros manuales

IVA, impuesto al valor agregado

Categoria Impuestos Externo

fecha publicacion Publicado el 2016/04/20


Es el impuesto que se cobra sobre el mayor valor generado, sobre el valor agregado. Aunque el impuesto se aplica sobre el precio de venta del bien o del servicio, en realidad, el impuesto corresponde solo al mayor valor que se agrega o genera por el comerciante. Por ejemplo, un comerciante compra un producto en $10.0000 por el cual paga un IVA de $1.600, luego lo vende por $15.000 y cobra un IVA de $2.400., al momento momento de presentar presentar su declaración declaración de IVA, el comerciante solo pagara la diferencia entre el IVA que genero (2.400) y el IVA que pago inicialmente (1.600), lo que significa que el comerciante solo pagara la suma de $800, que es exactamente el IVA correspondiente al valor que el comerciante le agrego al producto vendido, ya que lo compro en $10.000 y lo vendió en $15.000, es decir, le agrego un valor de $5.000.

Hecho generador del IVA

El IVA se genera al realizar una venta, al prestar un servicio, al realizar unaimportación, la realización de juegos de azar, etc. Es de anotar que el IVA solo se genera en las casos anteriores solo si se trata de un bien o servicio gravado, de lo contrario no se genera IVA.

Responsables del IVA

Son responsables del Impuesto sobre las ventas todas las personas jurídicas y naturales que vendan productos o presten servicios gravados. Los responsables del impuesto a las ventas se dividen en dos grupos:

  1. Los responsables del IVA que pertenecen al Régimen simplificado
  2. Los responsables del IVA que pertenecen al Régimen común
  3. Condiciones pertenecer al regimen simplificado

    De la lectura del artículo 499 del estatuto tributario se pueden identificar los siguientes requisitos que se deben cumplir en su totalidad para pertenecer al régimen simplificado:

    1. Los ingresos obtenidos en el 2015 deben ser inferiores a $113.116.000 (4.000 Uvt). La norma habla de ingresos brutos.
    2. Durante el 2015 no se debieron celebrar contratos de venta de bienes o prestación de servicios por valor individual superiores a $93.321.000 (3.300 Uvt)
    3. Durante el 2016 no se deben realizar contratos cuyo valor individual sean superiores a $98.185.000.
    4. Durante el 2015 el monto total de consignaciones no debe haber superado el valor de $127.256.000 (4.500 Uvt)
    5. Durante el 2016 el monto de las consignaciones no deben superar la suma de $133.889.000 (4.500 Uvt)
    6. Hay que tener un solo establecimiento de comercio.
    7. No hay que ser usuario aduanero.
    8. En el establecimiento de comercio no se deben realizar operaciones que implique la explotación de intangibles.
    9. Los valores del Uvt que se han tomado como referencia son:
      Para los valores del 2015 o año anterior: 28.279
      Para los valores del 2016 o presente año: 29.753

      Fuente gerencie.com

      Regimen comun, los que no han superado los topes del regimen simplificado


      ¿Te resultó útil este artículo?


Error SQL You have an error in your SQL syntax; check the manual that corresponds to your MariaDB server version for the right syntax to use near 'AND a.activo ORDER BY a.fecha DESC' at line 1 SELECT id_articulo, a.titulo FROM consulta_articulos c JOIN articulo a ON c.id_articulo = a.id WHERE c.id_subcategoria = AND a.activo ORDER BY a.fecha DESC